La Corte cumplió
Por Morelos Jaime Canseco Gómez
Con base en el proyecto de sentencia del Ministro José Fernando Franco González Salas, por unanimidad el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de la reforma constitucional que pretendía ampliar la duración del encargo conferido por las y los electores de Baja California a Jaime Bonilla Valdez para ejercer el poder ejecutivo en esa entidad federativa. Se le eligió por dos años y no como quería, por cinco. La argumentación del proyecto y de las y los ministros en la sesión a distancia del 11 del actual es rica en las facetas del análisis de la reforma y sólida en defensa de la supremacía de la Constitución.
Se desentrañó lo grotesco de la pretensión hecha reforma local: ampliar el período de desempeño cuando el pueblo ya votó por una temporalidad viola el pilar del régimen democrático tutelado por la Ley Fundamental: sólo las y los electores pueden otorgar el mandato y por el plazo previsto en la ley, salvo la ausencia definitiva de a quién se lo otorgaron y su sustitución por vías constitucionales preestablecidas.
Ningún órgano reformador del orden constitucional –local o federal– tiene facultades para conferir tiempo adicional de desempeño y por esa vía conculcar la celebración de la elección periódica ya definida.
Tampoco puede el órgano reformador de la Constitución de Baja California pretender que es libre de establecer el término del mandato de un representante de elección popular en ejercicio de la soberanía local, cuando ello niega los principios de la Constitución General y las estipulaciones del Pacto Federal; entre los primeros, republicanismo o renovación periódica de los mandatarios conforme a la ley; democracia representativa o determinación popular de quien ejerce un cargo, y federalismo o distribución de poder entre órdenes de gobierno con base en el imperio de la Ley Fundamental de la Federación, y entre los segundos, sujeción del orden jurídico local al respeto de los derechos humanos reconocidos por la propia Constitución y los tratados internacionales de los que México sea parte, y el apego estricto a los principios que rigen la función electoral en nuestro Estado-Nación, destacadamente la certeza y la legalidad electorales.
La Corte cumplió. Ejerció a plenitud su independencia de todo poder público o fáctico; ilustró la función de hacer el control de la regularidad constitucional de los actos del órgano reformador de la Constitución de una entidad federativa, por más que se alegara su autonomía, y demostró su papel de órgano garante de la supremacía constitucional. Puede decirse y escucharse fácil, pero no lo es en el entramado –como se menciona en la sentencia aprobada y en la intervención del Ministro Presidente Arturo Zaldívar– de acciones para intentar un fraude a la ley en clave constitucional.
La Corte cumplió con una honorabilidad, pulcritud y contundencia para restaurar el orden constitucional vulnerado por la llamada Ley Bonilla. Ésta caminó por un sendero peligroso que cabe recordar: la pertinaz y recurrente insistencia en ignorar lo resuelto válida y definitivamente. En 2014 se estableció que la gubernatura por elegirse en 2019 sería de dos años para homologar esos comicios y los otros locales de Baja California con los federales de la mitad del sexenio federal. Trataron de modificarlo antes de que iniciara el proceso, pero no pudieron; trataron de cambiarlo con impugnaciones jurisdiccionales, durante el proceso electoral, antes de haber candidatos y ya habiéndose registrado, pero no pudieron; y trataron de alterarlo después de la jornada electoral, pero no pudieron.
¿Qué ocurrió? ¿Por qué tanta insistencia y en tiempos diversos, aunque el aceleramiento por impulsarlo se da cuando el ahora Ejecutivo local se proclamaba como el abanderado de Morena en el inicio del mandato presidencial de Andrés Manuel López Obrador? Pienso que se reunieron tres elementos: el arrepentimiento, la ambición y la oportunidad.
El primero se desprende de haber decidido por el amigo cercano en lo seguro –los comicios del 2019– y luego considerar que habría sido mejor una persona leal a su amigo y postular a éste para un mandato de seis años en 2021. El segundo elemento se deduce de haber lanzado un globo de sonda para el proyecto transexenal: ¿modificar el período de desempeño y abrir la puerta a la continuidad sin comicios? ¿Una forma de reelegirse? Esto ahora puede sonar fuera de proporción, pero no cuando la ilusión de la popularidad de las encuestas se apodera del juicio y la voluntad.
La oportunidad deriva de la posibilidad de contar con una persona dispuesta y los medios para intentarlo. ¿De verdad creemos que Jaime Bonilla intentaría recorrer el camino de violar la Constitución, cohesionar a tirios y troyanos en la opinión contraria a su pretensión y llegar hasta la Corte con el riesgo -ya presente- de la exhibición propia, de Morena y del Ejecutivo Federal, sin contar con la anuencia y, más aún, el aliento de López Obrador?
La resolución de la Corte, a partir de su determinación jurídica, tiene múltiples efectos para lo político inmediato. El desafío a la Constitución y el deseo de afirmar que un conjunto de legisladores y miembros de ayuntamientos pueden arrogarse la voluntad popular de definir con su voto quién ejerce el cargo y por cuánto tiempo, no puede ni debe quedar impune. Algunas son automáticas y pueden potenciarse o acelerarse, otras requieren acción política y otras más el impulso de los medios jurídicos necesarios.
En lo local más inmediato –tomo el concepto de Carlos Bravo Regidor en Reforma (26.03.20) al iniciar la pandemia y hacer la radiografía de la falta de liderazgo presidencial– es el fin del “bienio” de Bonilla. Iban por lana y salieron trasquilados, como dice el refrán. El mandato terminó políticamente de facto. Se construyó sobre una ilusión y ésta se desvaneció.
Lo anterior apunta a la coyuntura local e incluso a la nacional: ¿puede construirse una propuesta de la pluralidad política y de la sociedad excluida por la administración lópezobradorista para los comicios locales en Baja California? El escenario está ahí: se elegirán el gobernador, el Congreso y los ayuntamientos.
Y en lo nacional, ¿habrá la exploración detallada y auténtica para construir una alianza -formal o no- entre la pluralidad política y la sociedad excluida para lograr la mayoría en la Cámara de Diputados en 2021 y tomar el control de la aprobación del presupuesto de egresos y del análisis de la Cuenta Pública y la determinación de responsabilidades? A quien toque revisar la Cuenta Pública del año en curso, encontrará un cúmulo de irregularidades con cargo a la emergencia sanitaria.
Más allá de quien permitió la Ley Bonilla, es indispensable que se finquen las responsabilidades penales y políticas procedentes. La Corte cumplió. ¿Lo harán otras autoridades? El proyecto de sentencia y la deliberación para su aprobación marcó el nivel ético y jurídico necesario. Sólo resta actuar, que es mucho cuando no media la voluntad.
Hay un instigador identificado: el gobernador en funciones y pruebas múltiples de su participación; y ejecutores identificados y acusados localmente en lo penal: los diputados locales y los miembros de los ayuntamientos que aprobaron la reforma. En defensa del Ejecutivo local intentarán decir que no hay responsabilidad política porque la reforma ocurrió antes de que tomara posesión del cargo. Será otra versión del fraude a la ley con el que quisieron engañar a la Corte.
Podríamos pensar que nadie reuniría tantas causales para ser acusado en un juicio político: ataque a las instituciones democráticas; ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal; violaciones a los derechos humanos, y ataque a la libertad de sufragio (artículo 7, fracciones I, II, III y IV de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos). Todo indica que incurrieron en ellas el gobernador Bonilla y los diputados locales de la anterior Legislatura local. Hay que exigir las responsabilidades en que incurrieron.