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#Opinión || Dignidad de la Corte: Guardia Nacional civil

Publicado el 02 de mayo de 2023

 

Dignidad de la Corte: Guardia Nacional civil   
Por Morelos Canseco Gómez

En las sesiones del Pleno celebradas el 17, 18 y 20 de abril en curso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un asunto de vital relevancia para el presente y el futuro de nuestro país: la responsabilidad de la Federación para que la población disfrute de condiciones de seguridad ante las faltas administrativas y los delitos que pueden afectar su tranquilidad y el orden público, con base en la conformación y operación de una institución policial de carácter civil.

Gran mérito tienen las oposiciones en el Senado agrupadas bajo el denominado Bloque de Contención -que surgió cuando rechazaron la reforma constitucional de 2018 que planteaba una Guardia Nacional (GN) de carácter militar- al recurrir a la Corte para plantear la inconstitucionalidad de las reformas a cuatro leyes de septiembre de 2022, particularmente la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de la Guardia Nacional que otorgaban a la Secretaría de la Defensa Nacional (SDN) -léase al Ejército- el control administrativo y operativo de la institución policial civil de la Federación.

Puntual y amplio reconocimiento merece de la sociedad mexicana el proyecto de resolución propuesto por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que en las partes medulares fue acompañado por la Ministra Presidenta Norma Piña Hernández, la Ministra Margarita Ríos Farjat y los Ministros Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynes Potisek, Mario Pardo Rebolledo y Alberto Pérez Dayán.

Para las oposiciones y para la Corte el contexto implicaba no sólo reclamar y resolver el apego de la legislación secundaria a la Norma Suprema, sino hacer frente a la interpretación de la excepcionalidad de recurrir a la Fuerza Armada permanente por la ausencia de instituciones policiales con competencias para atender la función de la seguridad pública, y la manifiesta voluntad presidencial por incorporar formalmente la GN a la SDN.

La minoría suficiente -más de un tercio del Senado- y la mayoría necesaria -más de un tercio de la Corte- lograron que un mecanismo de contrapeso y de freno de nuestra Constitución salvaguardara el derecho de toda persona a que la Federación integre y despliegue una institución policial civil para prevenir y combatir a la delincuencia que vulnera el orden federal, y la obligación de que las Fuerzas Armadas no asuman funciones que no les corresponden porque son contrarias a su naturaleza y objetivos.

No se discutía la facultad presidencial para disponer del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea en tareas de seguridad pública durante los nueve años que culminarán el 26 de marzo de 2028 (reforma del 18 de noviembre de 2022), a fin de que la GN desarrolle su “estructura, capacidades e implantación territorial”, pero estaba implícito su ejercicio: ¿se formaría la policía civil federal si el mando, el personal, los recursos materiales y financieros y la formación de sus integrantes está a cargo de la SDN? Una perspectiva sobresaliente de la discusión giró en torno a si la reforma no sólo contradecía normas expresas del artículo 21 reformado en 2019 y los transitorios segundo y tercero del Decreto correspondiente (incorporación del personal militar a la GN para la fundación de esta nueva institución policial), sino si en realidad socavaban la disposición constitucional de formarla y consolidarla en la esfera civil del Estado mexicano.

El asunto está resuelto. El mando, el control administrativo y operativo de la GN y el cúmulo de recursos humanos, materiales y financieros de ese cuerpo de seguridad pública pasarán a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), siendo exigible ese efecto a partir del 1 de enero de 2024, pues se otorgó un plazo de poco más de ocho meses para realizar las acciones administrativas necesarias y dar claridad a los integrantes de la GN de su adscripción bajo el criterio ordenado por la Constitución y, sobre todo, en el ámbito en el cual están llamados a profesionalizarse y a hacer una carrera de servicio al país.

Vale asumir que será un proceso complejo que además estará presidido por la resistencia del Ejecutivo Federal y la simulación en la cual vivieron la SSPC y la SDN a partir de la expedición de la Ley de la GN en mayo de 2019 y su reforma de septiembre de 2022, ahora invalidada sustantivamente.

Por un lado, el presidente de la República desea introducir la militarización de la seguridad pública en la boleta electoral de 2024 para que se sufrague por candidaturas que apoyen su anunciada iniciativa de reforma constitucional en ese sentido, y por otro la adscripción cuantitativa de una fuerza pública de más de 130 mil elementos fuera del Ejército, que actualmente tiene poco más de 240 mil integrantes, y la asignación del presupuesto, bienes inmuebles y equipos inherentes. Se trata de asuntos de influencia, control y poder.

Una de las razones de las reformas invalidadas fue la adecuación del orden jurídico a la realidad. Se reformó la Constitución de 2019 y se expidió la Ley de la GN para conformar una institución policial civil federal, pero no se le dio cumplimiento; se transfirieron las policías militar y naval a la SSPC, pero sólo en el papel; se reclutó, seleccionó y nombró a personal de la GN bajo criterios, disciplina y estructura castrenses; se incorporaron bienes inmuebles y se adquirieron equipos para el servicio de la GN en el ámbito y resguardo de la SDN.

Hay mucho trabajo por hacer. Todo parece indicar que no es que la GN vaya a regresar a la SSPC, sino que en realidad se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en 2019. Si esta dependencia hubiera transferido el control operativo y administrativo de la GN a la SDN a partir de septiembre último lo habríamos conocido y ahora sólo sería el camino en reversa. Las reformas invalidadas tienen efectos más profundos en su ejecución y consecuencias.

Con el argumento de la necesidad ante la violencia, el Ejército ha acumulado presupuesto y poder al margen de la Constitución y de la prudencia. Ocho personas en la Corte lo revierten con argumentos para preservar el imperio de la ley. De ese tamaño es su dignidad y compromiso. Merecen reconocimiento y gratitud.

Morelos Jaime Canseco Gómez

Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (Ciudad Victoria, Tamaulipas, 22 de septiembre de 1957). Es un político mexicano, miembro del Partido Revolucionario Institucional, ha sido diputado federal y fue Secretario General de Gobierno de Tamaulipas. Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez es Licenciado en Derecho, es hijo del también político tamaulipeco Morelos Jaime Canseco González quien entre otros cargos fue Senador por su estado; Canseco Gómez ha ocupado entre otros cargos los de funcionario de la Misión Permanente de México en Reino Unido de 1983 a 1986, Director de Relaciones Interparlamentarias del Senado de la República de 1986 a 1988 y Oficial Mayor del mismo de 1988 a 1994; posteriormente fue director General adjunto de Gobierno de la Secretaría de Gobernación de 1995 a 1997 y Director General de Asuntos Jurídicos en la misma en 1997; de 1999 a 2000 fue Subsecretario de Asuntos Jurídicos Electorales del Comité Ejecutivo Nacional del PRI y Secretario General Adjunto de 2000 a 2001. En 2005 el gobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández Flores, lo designó Consejero Jurídico de su administración permaneciendo en el cargo hasta 2009, en este año fue elegido diputado federal suplente por el V Distrito Electoral Federal de Tamaulipas a la LXI Legislatura, asumió la titularidad de la curul en 2010 cuando el diputado propietario, Rodolfo Torre Cantú, solicitó licencia para ser candidato del PRI a la Gubernatura. El 1 de enero de 2011 al asumir el cargo el nuevo gobernador Egidio Torre Cantú, lo designó Secretario General de Gobierno, por lo que solicitó y obtuvo licencia como diputado federal, sin embargo al ser el suplente y haber fallecido el titular, la representación del Distrito V de Tamaulipas quedó vacante. Dejó la Secretaría General de Gobierno y fue nombrado Secretario del Trabajo y Asuntos Jurídicos en agosto de 2012, renunciando a este cargo el 12 de agosto de 2013.