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#Opinión || Ser o parecer: Política sin ética

Publicado el 27 de enero de 2022

Ser o parecer: Política sin ética
Por Morelos Canseco Gómez
Aún con el férreo control que el Ejecutivo Federal ejerce sobre el aparato de comunicación del Estado mexicano, existen determinaciones relevantes que no podrían quedar en el juego y el rejuego de la descalificación sin atender a la substancia y significado de los hechos y las conductas. Cuando se afirma el compromiso por actuar en contra de la corrupción y para combatir la impunidad, la congruencia es valor fundamental. Hablar es fácil; cumplir es ser congruente.
Mediante sentencia aprobada por unanimidad de sus integrantes presentes, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que durante la gestión de Delfina Gómez Álvarez -actual secretaria de Educación Pública- como presidenta municipal de Texcoco (2013-2015) “se instauró un sistema para retener recursos de los trabajadores, para beneficiar a MORENA…” (párr. 266), pudiéndose concluir que -al menos- “los recursos del Grupo Acción Política (encabezado por el ahora Senador Higinio Martínez Miranda y del cual han formado parte la ahora secretaria y el actual titular de la Administración General de Aduanas, Horacio Duarte Olivares), que ascienden a 2.2 millones de pesos, y por lo cual se les impuso la sanción impugnada, de 4.5 millones de pesos, sí beneficiaron a MORENA” (párr. 273).

En su momento, el INE sancionó al Movimiento de Regeneración Nacional (MRN) con motivo de la denuncia formulada y documentada por el PAN, en el sentido de que en el período referido del gobierno municipal de Texcoco, se aplicó un mecanismo de retención de salarios a trabajadores que osciló en un 10 por ciento autorizado y que habiéndose aducido se dedicaría a acciones de beneficio social, en realidad se aplicó al financiamiento de actividades para la conformación del MRN y el desarrollo de sus tareas.

Es sabido lo complejo de desentrañar las ilegalidades que incluyen un diseño para su ocultamiento de la autoridad a cargo de la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos y de las asociaciones que se constituyen para buscar el registro como tales. La investigación del INE estableció el esquema de aportaciones directas de los salarios de los trabajadores de Texcoco, que implicó un total de 13.8 millones de pesos. Si bien, sólo el monto ya referido pudo acreditarse como recursos recibidos por el MRN.
Aunque este partido aduzca que no comparte los razonamientos de las autoridades sancionadora y jurisdiccional que confirmó la existencia de actos ilícitos y la sanción correspondiente, la transgresión del orden jurídico ha quedado acreditada y es inapelable.
En el caso de la sanción confirmada vale detenernos en la operación del financiamiento irregular, pues establece que 472 trabajadores solicitaron la retención de un porcentaje de su salario, sin que a la luz de la nómina y los recibos correspondientes pudiera determinarse el concepto de esa retención; aunque en el procedimiento especial sancionador ante el INE se adujo que el objeto era la aportación al Grupo Acción Política, a fin de que éste realizada actividades de beneficio social, la ahora titular de la SEP reconoció en entrevista concedida a la periodista Carmen Aristegui “que con los recursos retenidos a los referidos trabajadores se beneficiaría a MORENA” (párr. 265).
Si bien dicho partido ha sido sancionado con base en las pruebas aportadas por ocultar el origen y la aplicación de una parte de los recursos provenientes de las retenciones hechas en un porcentaje de los salarios de los trabajadores municipales, es preciso profundizar en la naturaleza y alcances de las conductas ilícitas de Delfina Gómez Álvarez y su significado para las tareas que se le han confiado.
Las aportaciones de los trabajadores subordinados a la máxima autoridad política del Ayuntamiento para cualquier propósito deben documentarse, pero más si el objetivo es contribuir al financiamiento de la formación de un partido político y su posterior funcionamiento. ¿Hubo algún convenio entre el municipio y el Grupo Acción Política para hacer las retenciones y enterárselas y bajo qué concepto? En la indagatoria del INE no aparecieron elementos para acreditarlo.
¿Acaso se otorgaron a los trabajadores aportantes los recibos inherentes a las retenciones y se acreditó su procedencia para el financiamiento de la conformación del MRN y luego para el financiamiento privado del nuevo partido? Tampoco se encontraron evidencias de ello.
Más bien estamos ante una posible conducta delictiva en materia electoral que es pertinente investigar. Parece que la conducta que ha desentrañado el INE corresponde al ilícito penal contemplado en la fracción V del artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, vigente a partir del 24 de mayo de 2014, que describe como delito de cualquier servidor público -federal, local o municipal- “solicitar a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política”.
En el programa matutino de información y opiniones gubernamentales que conduce el Ejecutivo Federal surgió el tema el pasado 18 del actual, motivado por el deseo presidencial de evitar que la ilicitud acreditada escale a su colaboradora, pues sin pregunta de por medio, afirmó: “…aprovecho para expresar nuestra solidaridad con la maestra Delfina, porque hay una campaña en su contra muy injusta. Y para que se tengan los antecedentes, esa denuncia contra la maestra se presentó cuando ella fue candidata a gobernadora del Estado de México, entonces se presentó, yo recuerdo bien, y no tuvo efecto; pero ahora, no sé si porque ya vienen de nuevo las elecciones del Estado de México, sí, vuelven con lo mismo”.
Es claro que el procedimiento se abrió en 2017 y siguió su curso en el INE, resolviéndose en septiembre de 2021. Ahora se ha confirmado la sanción al MRN y aunque no ha sido sancionada la actuación de la candidata de ese partido a la gubernatura del Estado de México en 2016, hay elementos para investigar el presunto ilícito penal en que habría incurrido como presidenta municipal. En el expediente del INE obran las declaraciones de algunos aportantes sobre las solicitudes de aportaciones que les formularon en 2013.
Y remata el Ejecutivo con el señalamiento de que “la acusación que le hacen es de que, cuando fue presidenta municipal, trabajadores del ayuntamiento aportaron recursos para el movimiento y entonces la acusan a ella de haberlos obligado y de haberse quedado con el dinero”. Ante la aclaración de que el señalamiento es de haber dado el dinero a Morena, lo admite y vuelve a la protección de su colaboradora con la descalificación de quien disienta y del propio Tribunal Electoral.
Primero las precisiones: la denuncia no es por obligar a los trabajadores a efectuar aportaciones, sino por solicitarlas y establecer un esquema para ocultarlo; la imputación no es por apropiarse de lo aportado, sino por transferirlo a la asociación que buscaba constituir al MRN y luego a este partido. Aunque al Ejecutivo le parece justificable violar la ley cuando se trata de recursos para sus proyectos políticos, las normas se violentaron.
Y luego el manto de la pretendida impunidad. No se ocupa investigar ni probar, basta la expresión presidencial de valoración y aprobación para que los ilícitos no tengan consecuencias.
La falta de mínima ética pública de la secretaria de Educación Pública ha quedado acreditada en una sentencia firme. La lealtad sin capacidad genera problemas, pero la lealtad sin ética deviene en abusos. Se denigra la política. Ante la prueba de la falta de integridad, la renuncia es por el bien de la República.

Morelos Jaime Canseco Gómez

Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (Ciudad Victoria, Tamaulipas, 22 de septiembre de 1957). Es un político mexicano, miembro del Partido Revolucionario Institucional, ha sido diputado federal y fue Secretario General de Gobierno de Tamaulipas. Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez es Licenciado en Derecho, es hijo del también político tamaulipeco Morelos Jaime Canseco González quien entre otros cargos fue Senador por su estado; Canseco Gómez ha ocupado entre otros cargos los de funcionario de la Misión Permanente de México en Reino Unido de 1983 a 1986, Director de Relaciones Interparlamentarias del Senado de la República de 1986 a 1988 y Oficial Mayor del mismo de 1988 a 1994; posteriormente fue director General adjunto de Gobierno de la Secretaría de Gobernación de 1995 a 1997 y Director General de Asuntos Jurídicos en la misma en 1997; de 1999 a 2000 fue Subsecretario de Asuntos Jurídicos Electorales del Comité Ejecutivo Nacional del PRI y Secretario General Adjunto de 2000 a 2001. En 2005 el gobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández Flores, lo designó Consejero Jurídico de su administración permaneciendo en el cargo hasta 2009, en este año fue elegido diputado federal suplente por el V Distrito Electoral Federal de Tamaulipas a la LXI Legislatura, asumió la titularidad de la curul en 2010 cuando el diputado propietario, Rodolfo Torre Cantú, solicitó licencia para ser candidato del PRI a la Gubernatura. El 1 de enero de 2011 al asumir el cargo el nuevo gobernador Egidio Torre Cantú, lo designó Secretario General de Gobierno, por lo que solicitó y obtuvo licencia como diputado federal, sin embargo al ser el suplente y haber fallecido el titular, la representación del Distrito V de Tamaulipas quedó vacante. Dejó la Secretaría General de Gobierno y fue nombrado Secretario del Trabajo y Asuntos Jurídicos en agosto de 2012, renunciando a este cargo el 12 de agosto de 2013.