Ser y Deber Ser

¿Sabemos de la ley de telecomunicaciones?

Publicado el 05 de mayo de 2014

“Dar ejemplo no es la principal manera de influir sobre los demás; es la única manera.”
-Albert Einstein

La iniciativa de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión ha causado un revuelto en las redes sociales, un sinfín de opiniones, algunas a favor y otras en contra. Lo relevante es si los que opinan en relación a este tema tienen idea de la ley o del tema a per-se, ¿sabrán del contenido de la ley de telecomunicaciones?

Leí un artículo en el medio de información conocido como Animal Político (animalpolítico.com), titulado “Ley de telecomunicaciones. La protesta” de Marco Cancino. En dicha opinión, el autor comenta la protesta masiva que se ha realizado en contra de esta ley, y señala que independientemente de si está o no favor de la misma, critica a los activistas de escritorio.

¿Qué es un activista de escritorio? De acuerdo al columnista, es aquel que, teniendo prioridades y obligaciones cotidianas, protesta independientemente si tiene idea (aunque sea vaga) de lo que está protestando. El que se une de manera virtual a movimientos u opiniones que desconocen, que apoya, opina o pone “like” a temas que no tiene idea al respecto.

El proyecto de ley que regula las telecomunicaciones, cuenta con el título octavo llamado “De la colaboración con la Justicia” (empieza con el artículo 189 y termina con el 197). Dicho título, para no ser tan específica, establece que los concesionarios de telecomunicaciones se encuentran obligados a proporcionar la localización de sus usuarios cuando se encuentren relacionados con alguna investigación por delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, extorsión o amenazas, a solicitud del Procurador General de la República, de los Procuradores de los Estados o de los Ministerios Públicos especializados.

Permite a las autoridades intervenir comunicaciones privadas, aunque no señala bien el método ni lineamientos para realizar la operación, sólo para casos excepcionales. La ley obliga a las compañías a llevar un registro y control de las comunicaciones de sus usuarios, cabe mencionar que dicha información, a pesar de poder ser requerida para las investigaciones delictivas necesarias, se encuentra protegida por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, es decir, en ningún momento es de dominio público.

Por otra parte, se señala que cuando exista orden judicial, las empresas que proveen del servicio de telecomunicaciones, están obligadas a proporcionar las facilidades de cualquier tipo de información relacionado con la comunicación o dispositivo de comunicaciones, sólo en casos de amenazas a la seguridad nacional que establece el artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional (espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, interferencia extranjera en asuntos nacionales, bloqueo de operaciones militares o navales, tráfico ilegal de armas nucleares, organizaciones terroristas, etc.).

Además, se podrá bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública a solicitud de las autoridades competentes; y hacerlo de manera definitiva (si, definitiva) las señales en los centros penitenciarios y de reinserción social.

Es difícil creer que esta ley va impedir a las personas expresarse en redes sociales o que la comunicación y la expresión absoluta están por encima de la seguridad nacional.

Al final se puede estar o no de acuerdo con los cambios, con las diferentes opiniones, con el actual Presidente de la Nación, la práctica y la historia juzgará. No es adecuado caer en el activismo de escritorio, en la cultura de los que se dice vagamente en redes sociales, caer en la violencia, referirse a las personas con palabras altisonantes, groserías, sólo crea más violencia, más negatividad.

La crítica es fundamental para cualquier estado verdaderamente democrático, la crítica constructiva, el cuestionamiento a los gobernantes y las autoridades que nos representan, la consulta, la propuesta, el debate; pero la agresión, el activismo violento y directo, la falta de respeto, el ataque sin fundamento, no se vale.

RECOMENDACIÓN SEMANAL: Leer algún libro, ensayo o cualquier escrito del gran escritor colombiano, mexicano de corazón, Gabriel García Márquez.

Arnoldo Huerta

Abogado, gusta de la política sana, la literatura y el buen derecho. Columnista en el periódico "El Expreso", "Epicentro de México", "Periódico Acceso" y "Revista Sondeo". Enamorado de Cd. Victoria y de su gente.