En un fallo trascendental para el sistema educativo mexicano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las universidades públicas están obligadas a garantizar la gratuidad en el nivel de posgrado. La resolución, derivada del amparo en revisión 526/2025, establece que la autonomía universitaria no puede utilizarse como argumento para vulnerar el principio de gratuidad educativa mandatado por la Constitución desde 2019.
El máximo tribunal amparó a un estudiante de maestría de la Universidad de Guanajuato (UG), quien fue dado de baja tras retrasarse en el pago de su reinscripción por 20 mil 140 pesos. La Corte no solo ordenó su readmisión inmediata, sino que instruyó a la institución a devolver el monto cobrado, sentando un precedente que vincula incluso al Congreso estatal para garantizar el presupuesto necesario.
Constitución sobre autonomía: El fin de las cuotas graduales
La controversia jurídica se centró en la colisión entre el Artículo 3° constitucional y la suficiencia presupuestal de las instituciones. Por una mayoría de siete votos contra uno, las y los ministros determinaron que la obligación de gratuidad abarca tanto licenciatura como maestría y doctorado.
La ministra Sara Irene Herrerías, ponente del proyecto, subrayó que las universidades deben gestionar sus recursos para asegurar que el costo de la educación superior no se traslade al alumnado. En este sentido, la SCJN rechazó el argumento de la UG y del Congreso de Guanajuato, quienes sostenían que la gratuidad dependía de la consolidación de fondos federales y estatales de manera progresiva.
«La institución educativa se encontraba obligada a garantizar la plena eficacia del derecho a la educación superior gratuita, lo cual incluye no solo a la licenciatura, sino también a la maestría», puntualizó la ministra Herrerías.
El caso de origen: Un estudiante frente a la burocracia
El litigio inició cuando un alumno, beneficiario de una beca del Conahcyt desde junio de 2023, fue sancionado con la baja definitiva tras cubrir el pago de su tercer semestre fuera del plazo límite. Aunque la Universidad defendió la legalidad del cobro para el mantenimiento de nómina e infraestructura, los ministros invalidaron esta postura.
La ministra Lenia Batres destacó que, solo en el ejercicio fiscal 2022, la Universidad de Guanajuato recibió un presupuesto superior a los 3 mil 630 millones de pesos. Según su análisis, si dichos fondos resultaran insuficientes, la responsabilidad de cubrir el déficit recae en el Poder Legislativo local y no en la economía de los estudiantes.
Posturas encontradas en el Pleno:
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A favor de la gratuidad inmediata: Sara Irene Herrerías, Lenia Batres, Giovanni Figueroa, Irving Espinosa Betanzo, Yasmín Esquivel y Arístides Guerrero.
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Voto concurrente (a favor del amparo pero con matices): Hugo Aguilar (Ministro Presidente).
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Voto en contra: Estela Ríos, bajo el argumento de la condicionalidad presupuestaria.
Con esta resolución, la SCJN envía un mensaje claro a las universidades públicas del país: los principios de la reforma educativa de 2019 son de cumplimiento obligatorio y la insuficiencia de recursos no es una justificación válida para suspender los derechos educativos de los ciudadanos.







































